1999
Derechos humanos, más derechos
Susana Chiarotti
Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM)
En 1948, los representantes de las naciones reconocieron la igualdad, la dignidad y la libertad de las personas en todo el mundo. Consagraron la libertad de circular en la calle y en el país, pero no dentro del hogar.
Consagraron el derecho ciudadano de
elegir y ser elegidos como gobernantes, pero sólo para los varones, ya que esa
posibilidad estaba negada a las mujeres en más de la mitad del mundo. Se
prohibió al Estado atentar contra la integridad física de los ciudadanos, pero
se olvidó que muchas mujeres vivían en peligro dentro de sus hogares. El
reconocimiento del trabajo fue parcial y sólo para el que se realizaba fuera del
hogar. Como resultado de ello, para millones de mujeres, estos derechos no
significaron ningún cambio en sus vidas. Horas de intenso trabajo en la casa
o en el campo continuaban sin tener valor. Sus necesidades eran irrelevantes
para una teoría de los derechos humanos que nació con una visión jerárquica
sobre cuáles derechos eran importantes y cuáles no.
Desde el mismo momento en que se
inicia la concreción de las leyes internacionales de derechos humanos, las
mujeres tratan de aportar y participar en la elaboración de normas y mecanismos
que permitan un avance hacia la igualdad. Esta participación va ganando en
fuerza y en la diversidad de espacios y modos de intervención a lo largo de los
años. Desde los espacios no gubernamentales, las mujeres trataron siempre de
influir en el discurso de los derechos humanos. Como personas aisladas u
organizadas en grupos, intentan participar en la definición de los derechos, en
su interpretación y decodificación. Las mujeres comienzan a vislumbrar lo que
significa el derecho como espacio de negociación y de diálogo político, y esto
resulta válido tanto para la esfera nacional como internacional.
Ya en 1946, el Consejo
Económico y Social de Naciones Unidas crea la Comisión de la Condición
Jurídica y Social de la Mujer, como comisión asesora sobre la condición de
la mujer. La Comisión desarrolla numerosas actividades, entre las que se
cuenta la preparación de la Década de la Mujer (1975–1985), que dio un
fuerte impulso a la promoción de la igualdad entre mujeres y varones en
todo el mundo. En 1974, se comienza a trabajar en los borradores para la
Convención de la Mujer, que sería firmada en 1979 y que es la primera
convención integral sobre los derechos de ésta. Para elaborar su texto, se
tomó como base la Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación
contra la Mujer de Naciones Unidas de 1967. Esta Comisión tuvo a su cargo
la organización de cuatro conferencias mundiales dirigidas específicamente
a las mujeres y a resolver el problema de la discriminación –México
(1975), Copenhague (1980), Nairobi (1985) y Beijing (1995)–, que
congregaron a miles de mujeres de todo el mundo (desde las 6 mil que
participaron en México hasta las 30 mil que fueron a Beijing) bajo las
consignas Igualdad, Desarrollo y Paz. En cada una de ellas, se organizó, a
la par de la Conferencia Oficial, un Foro no Gubernamental al que
asistieron numerosas personas y representantes de organizaciones. Pero las
mujeres no se limitaron a participar en las conferencias dedicadas
exclusivamente a ellas, sino que incursionaron en todos los ámbitos, foros
y conferencias donde fueron admitidas. Así lo hicieron en la Cumbre de la
Tierra, Medioambiente y Desarrollo de Río de Janeiro (1992), en la
Conferencia de Derechos Humanos de Viena (1993), en la Conferencia sobre
Población y Desarrollo de El Cairo (1994), en la Cumbre sobre Desarrollo
Social de Copenhague (1995) y en la Conferencia sobre Hábitat de Estambul
(1996). |
Para influir en la teoría de los
derechos humanos
Es decir, para pasar de ser
definidas a ser definidoras. En este esfuerzo, podrían destacarse dos
etapas: en la primera, las mujeres reclaman poder disfrutar de los derechos
civiles y políticos, votar, disponer de bienes, etc., tal como lo hacían los
hombres, pero sin cuestionar el contenido de los derechos tal cual estaban
formulados; en la segunda, se analiza el discurso de los derechos humanos, se
comprueba que es masculino, que no contempla ni refleja las experiencias de las
mujeres, y a partir de allí se lo cuestiona.
Esta segunda etapa, que comienza a
fines de los años 1970, tiene un punto culminante en la Conferencia Mundial de
Derechos Humanos de Viena (1993), donde cientos de mujeres de todas las regiones
del planeta participan activamente. En primer lugar, se proclamó que los
derechos humanos de las mujeres y las niñas son parte inalienable, integral e
indivisible de los derechos humanos universales. Éste es un avance no sólo hacia
la visibilización de un amplio espectro de necesidades que no podían convertirse
en derechos, como los sexuales y reproductivos, sino hacia la revisión de todos
los derechos humanos desde la perspectiva de género. En Viena se produce un
cambio trascendental en la teoría de los derechos humanos, cuando, por
iniciativa de las mujeres, se acepta que los derechos humanos pueden disfrutarse
tanto en el ámbito público como en el privado y, por lo tanto, pueden violarse
en ambos ámbitos. Se reconoce que la violencia contra las mujeres es una
violación a los derechos humanos. Éste es un cambio revolucionario, ya que el
sistema de derechos humanos estaba basado en violaciones cometidas por el Estado
y referidas al espacio público y social. Por primera vez, actos de particulares
ocurridos en el espacio privado pueden originar responsabilidad estatal. Además,
se condena la limpieza étnica, los embarazos forzados y la violación sistemática
de mujeres en situaciones de conflictos armados.
Al año siguiente, se produce una
transformación del derecho a la ciudadanía, cuando en el Plan de Acción surgido
de la Conferencia de Población y Desarrollo, de El Cairo, se plantea que «es
preciso que mujeres y hombres participen e intervengan por igual en la vida
productiva y reproductiva, incluida la división de responsabilidades en cuanto a
la crianza de los hijos y al mantenimiento del hogar». La barrera entre lo
público y lo privado queda totalmente desvaída y el reconocimiento de la
problemática de la vida cotidiana, de los derechos que se disfrutan o niegan al
interior del hogar, va ocupando cada vez más espacio en el discurso de los
derechos humanos.
En 1995, se refuerzan estos
conceptos a través de la Plataforma de Acción de Beijing, que es el documento
más completo producido por una conferencia de Naciones Unidas con relación a los
derechos de las mujeres, ya que incorpora lo logrado en conferencias y tratados
anteriores, entre otros, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la
CEDAW (Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer) y
la Declaración de Viena.
Campaña
Un hito importante en este intento
de reconceptualizar los derechos humanos lo constituye la Declaración de los
Derechos Humanos con Perspectiva de Género que el CLADEM, Comité de América
Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer, viene impulsando
desde 1992.
En 1992, un grupo de mujeres reunido
en Costa Rica, del cual CLADEM formó parte, mientras se preparaba para la
Conferencia de Viena, tuvo la idea de escribir una declaración de los derechos
humanos con perspectiva de género. Se forma, entonces, una comisión que escribe
un proyecto de declaración. Luego CLADEM continúa trabajando el borrador de
declaración y asume ésta como una propuesta de toda la red, que es discutida y
aprobada, imprime la propuesta de la declaración y comienza a difundirla. A
partir de 1993, ésta es discutida en todas las conferencias mundiales de
Naciones Unidas. Se reciben sugerencias, críticas y comentarios de más de 180
organizaciones y personas de todo el mundo. Con ellas se prepara e imprime una
versión que incorpora los nuevos insumos y se presenta a la Comisión de Derechos
Humanos de Naciones Unidas con sede en Ginebra, donde luego de los trámites de
rigor se la acepta con el número E/CN.4./1998/ngo/3. Los objetivos de CLADEM al
impulsar esta declaración son: en primer lugar, visibilizar a las mujeres
dentro del discurso de los derechos humanos incorporando al mismo las
perspectivas, necesidades y reclamos de éstas; en segundo, apropiarse del
derecho a escribir la ley, no sólo para ellas sino para toda la humanidad.
Durante cientos de años se negó a
las mujeres el derecho a escribir la ley y los intentos por cambiarla,
reformarla o transgredirla terminaron muchas veces de manera trágica. Nuestra
cultura reitera advertencias a las mujeres para que no incursionen en ese ámbito
desde la más remota antigüedad. En la antigua Grecia se hacía a través del
teatro. Puede observarse en las obras de Sófocles, como Antígona, donde
el gobernante de la ciudad, Creonte, la castiga por intentar cambiar sus órdenes
y dar sepultura al cadáver de su hermano. Creonte dice: «Mientras yo gobierne
esta ciudad, ninguna mujer hará la ley». La sanción por el atrevimiento es el
enterramiento con vida en una cueva. La sanción debía ser fuerte, para que las
mujeres aprendieran que no debían atreverse a transformar la ley.
Para impulsar la dclaración, CLADEM
organiza durante 1998 una campaña en 17 países de la región. Apoyada por
expertas en comunicaciones, se elaboran materiales de propaganda –videos para la
televisión, cuñas radiales, tiras de prensa y otros materiales– que, con los
escasos fondos con que se contaba, se difunden en los medios de comunicación.
Fue la primera vez que se encaraba una propuesta con este contenido y
envergadura. Realizar una campaña sobre los derechos humanos desde la
perspectiva de las mujeres en tantos países en forma simultánea, e interviniendo
en los medios de comunicación, dejó un saldo de aprendizaje importante para el
movimiento de mujeres.
El 10 de diciembre de 1998, las
representantes de CLADEM entregan miles de firmas recolectadas en todo el mundo,
en apoyo a la declaración, en la sede de Naciones Unidas en Nueva York. Allí se
planteó la necesidad de trabajar al nivel de los Estados, en el seno de la
Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, para que éstos hagan
suya la propuesta y la presenten a la Asamblea General, la adopten y la impulsen
para el próximo milenio.
Derechos sexuales y
reproductivos: la última frontera
La Declaración de los Derechos
Humanos desde una Perspectiva de Género consta de un preámbulo y cinco
capítulos. Cada uno de éstos enfoca un eje específico del espectro de los
derechos humanos: ciudadanía, desarrollo, derecho a la paz y a una vida libre de
violencia, derechos sexuales y reproductivos y derechos ambientales.
En las conversaciones con los
gobiernos para que impulsen esta declaración, se observó que había, en
principio, dos temas irritativos: la autodeterminación de los pueblos y la
autodeterminación de los cuerpos. En efecto, en el capítulo de ciudadanía,
los gobiernos, sobre todo los de Europa, cuestionaron el artículo que planteaba
la autodeterminación de los pueblos. Por otro lado, otros gobiernos la hubieran
asumido, de no ser por el capítulo de los derechos sexuales y reproductivos. En
este capítulo, se plantean, entre otros, el derecho a la autonomía reproductiva,
a no sufrir discriminación por orientación sexual y el acceso al aborto seguro y
legal.
La autodeterminación de los cuerpos
es el tema más virulentamente resistido por los gobiernos, presionados o
apoyados, en la mayoría de los casos, por las jerarquías o sectores
conservadores religiosos. Si bien se observan desarrollos conceptuales
interesantes en esta área, los mismos se han dado en planes de acción o
plataformas, o sea, en documentos de conferencias que no tienen la fuerza
vinculante de las convenciones y tratados. La concreción de estos derechos en
normas de fuerza vinculante en el ámbito internacional o nacional es una tarea
pendiente.
Temas para la agenda
Aun teniendo en consideración la
gran importancia que atribuimos a los derechos humanos, tenemos que aceptar que
el sistema de derechos humanos internacional es considerado mayoritariamente
como subsidiario del nacional, es decir, que la principal responsabilidad por la
garantía de los mismos la tiene el Estado. Además, muchas veces los reclamos en
el ámbito internacional son procesados de manera lenta y compleja; los
mecanismos son desconocidos por amplias masas de la población y muchos de ellos
requieren contar con conexiones, dinero y tiempo. Esto hace que la mayoría de
las víctimas de las violaciones de los derechos humanos no reciba ningún tipo de
compensación.
A pesar de ello y de que sabemos que
las leyes no son instrumentos mágicos que garantizan de por sí el ejercicio de
los derechos, creemos que trabajar en el ámbito de las leyes internacionales
significa avanzar en el terreno simbólico, no sólo nombrando derechos que aún no
tienen definición, sino legitimando reclamos en un terreno que no admite
cuestionamientos y que puede influir en las legislaciones nacionales de manera
positiva.
En este sentido, los desafíos que se
presentan en los próximos años en la arena de los derechos humanos se podrían
resumir así:
-
profundización del desarrollo
teórico, especialmente en el área de los derechos económicos, sociales y
culturales;
-
aumento de la articulación entre
las organizaciones locales, nacionales e internacionales, para utilizar
armónicamente los recursos y planificar la participación e influencia en los
foros internacionales y nacionales;
-
incremento de la participación
feminista ante y dentro de los distintos organismos de derechos humanos;
-
creación de una jurisprudencia
género–sensitiva a través de la elaboración de comentarios y recomendaciones
generales, por un lado, y de la tramitación de casos de discriminación de
género, por el otro;
-
sensibilización de abogados/as y
jueces/zas en las normas internacionales de derechos humanos, incentivándolos
a una utilización cada vez mayor en el derecho local;
-
difusión e información sobre la
existencia y posibilidades de los tratados y procedimientos internacionales.
Las iniciativas tomadas por las
mujeres en el campo de los derechos humanos tienen como resultado el
enriquecimiento del discurso de éstos y la ampliación de sus paradigmas y, por
lo tanto, reflejarán cada vez más acertadamente los anhelos de justicia de una
humanidad que no puede ser escindida o parcializada si pretende ser realmente
humana.
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