1998
La sociedad civil y los derechos económicos, sociales y culturales
Isabell Kempf
El 19 de marzo de 1997, la Comisión de Derechos Humanos declaró a la comunidad internacional que "la implementación de los derechos económicos, sociales y culturales para los pueblos del mundo es la responsabilidad conjunta de países desarrollados y en desarrollo, representantes estatales y organizaciones no gubernamentales (ONG)".
Tradicionalmente, la comunidad internacional,
entre ella los gobiernos y ONG, hizo hincapié en la promoción de derechos
humanos civiles y políticos a costa de los derechos económicos, sociales y
culturales (de aquí en más DESC), cuya realización exige una acción positiva del
Estado en materia de política social, económica y cultural. Ello es en parte
debido a problemas operativos, ya que aún no se hallaron respuestas a la
pregunta de qué es lo que estos derechos implican, o cuáles son las obligaciones
legales específicas que imponen su realización a los estados. Todo lo que
sabemos es que los gobiernos que ratificaron la Convención Internacional sobre
DESC (136 hasta julio de 1997)3 accedieron a satisfacer
progresivamente estos derechos (incluso el derecho al trabajo, la educación, la
seguridad social, etc.) hasta un máximo de recursos disponibles y por tanto, son
los principales organismos responsables de la implementación de los mismos.
Históricamente, la división de derechos humanos
básicos en dos Convenciones, la Convención Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales (1966) y la Convención Internacional de Derechos Civiles y
Políticos (1996) es el resultado de la Guerra Fría y sus puntos de vista
discordantes. Con el fin de la Guerra Fría, el debate político ya no está
centrado en modelos económicos simplificados y opuestos. No obstante, continúa
el debate ideológico sobre el papel de los diferentes actores, como los
gobiernos, ONG y empresas privadas y sobre la forma de combinar la iniciativa
privada y pública para resolver problemas sociales y económicos contemporáneos
como el desempleo, la educación y la atención médica.
La solución de los problemas sociales y
económicos del mundo ya no es concebida como un asunto exclusivamente
intergubernamental y ahora abarca a las ONG, los movimientos ciudadanos, las
multinacionales y los medios de comunicación masiva. Las ONG surgieron en la
escena internacional como representantes de la sociedad civil. No están bien
definidas y por lo general son percibidas como organizaciones con forma privada
pero con fines públicos4.
Cambios recientes en los procedimientos que
regulan la relación entre la ONU y las ONG reconocieron y realzaron el papel que
cumplen las organizaciones en el fomento de los DESC y también brindaron espacio
para nuevas y potenciales funciones, como el monitoreo. Este potencial no ha
sido explorado ni utilizado aún en su totalidad por las ONG.
El cambiante papel de las ONG en el sistema de
la ONU
Las conferencias internacionales en la
década de 1990
En los años 90, la ONU organizó una serie de
conferencias internacionales con el fin de determinar la estrategia de la
comunidad internacional para resolver importantes problemas del mundo. Las
conferencias estuvieron directamente relacionadas con la cuestión de los DESC y
permitieron la amplia participación de ONG. La "Cumbre de la Tierra" (CNUMAD)
realizada en Río de Janeiro, en 1992, constituyó el momento crucial en la
relación entre la ONU y las ONG. Los organizadores no invitaron a las ONG según
su estatuto consultivo ante la ONU, sino de acuerdo a sus intereses y
competencia sobre temas incluidos en la Conferencia. Ello permitió la
participación de 700 ONG5 durante el proceso de preparación, la
Conferencia en sí y, más tarde, en la Comisión de la ONU sobre Desarrollo
Sustentable.
El recién adquirido estatuto informal de estas
ONG (muchas de las cuales no tenían relación anterior con la ONU) obligó al foro
mundial a otorgarles a algunas de ellas la legitimización retroactiva, lo que
llevó a brindarles el estatuto de Roster.6 Ello a su vez permitió que estas
organizaciones participaran en las ulteriores conferencias de la ONU. El año
siguiente, 840 ONG participaron en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos,
celebrada en Viena en 1993. La Conferencia de Viena es un buen ejemplo del
cambio ocurrido en el tipo de ONG presentes. En la Conferencia de 1968 sobre
Derechos Humanos, celebrada en Teherán, sólo asistieron 200 ONG, en su mayoría
organizaciones internacionales del hemisferio norte, mientras 593 de las 841 ONG
presentes en Viena eran de carácter nacional y locales, en su mayoría del Sur en
desarrollo (Guillet, 1995).
Por tanto, hubo un cambio de una participación
informal a una mayor y más formalizada, sobre todo de las ONG nacionales, en las
conferencias internacionales y se dio el reconocimiento de la importancia de los
intereses particulares y de la información que pueden brindar estas
organizaciones a la comunidad internacional. Otra interesante novedad es el
reconocimiento recíproco entre las ONG y los gobiernos. En ulteriores
conferencias, como la Cumbre sobre Desarrollo Social de Copenhague y la
Conferencia de la Mujer, en Beijing, muchos gobiernos incluyeron representantes
de ONG en las delegaciones oficiales. Las organizaciones, por su parte,
confirmaron el interés que tienen en estos encuentros intergubernamentales al
organizar conferencias paralelas de ONG y concientizar al público y analizar las
conferencias y los temas discutidos en ellas.
A pesar de esta tendencia positiva, existe un
conflicto político sobre el papel de las ONG íntimamente ligado a los problemas
de la soberanía estatal y la representatividad. Con respecto a la soberanía, los
estados miembros de la ONU pueden objetar la acreditación de ONG nacionales en
conferencias internacionales y por tanto silenciarlas. Con respecto a la
representatividad, las ONG con estatuto de consultoras son acreditadas en forma
automática, si así lo desean, pero no hubo un real control para determinar los
grupos a los que representan a lo largo del tiempo. Ello no sólo las hace
vulnerables a las críticas de los gobiernos, sino que su papel suele recibir
críticas de otras ONG que las consideran como parte del "establishment", sin
base legítima. Estos ejemplos demuestran hasta dónde los procedimientos reflejan
problemas operativos y políticos asociados con el papel de las ONG en el ámbito
internacional.
La nueva resolución de Ecosoc en 1996
Dada la estructura intergubernamental de la ONU,
la relación de las ONG con el foro mundial se limitó tradicionalmente al Consejo
Económico y Social de la ONU (ECOSOC). La misma se rigió entre 1968 y 1996 por
la Resolución 1296 (XLIV) de 1968 por la que una ONG puede adquirir estatuto de
consultora en la ONU si se dedica a cuestiones que se incluyan en la competencia
de ECOSOC con respecto a asuntos internacionales económicos, sociales,
culturales, educativos, de salud pública, científicos tecnológicos y cuestiones
de derechos humanos, y si son compatibles con el espíritu, los objetivos y los
principios de la Carta de la ONU. Además, tendrán "carácter representativo y
reconocida estatura internacional" (Resolución 1296 de ECOSOC, 1969, Parte
I, Artículos 1-4).
Esta resolución dividió a las ONG en tres
categorías. La categoría A incluyó a ONG con amplios intereses en la mayoría
de las actividades de ECOSOC y consideradas representantes de la opinión
internacional. La categoría B correspondió a ONG con intereses en esferas
específicas de ECOSOC y la categoría C reunió a las que contribuían
ocasionalmente a la labor de ECOSOC. La resolución otorgó a las grandes ONG
internacionales, en su mayoría del Norte industrializado, una ventaja
comparativa ya que muchas de las más pequeñas organizaciones del Sur en
desarrollo representaban intereses locales y no internacionales.
A partir de 1993 hubo una revisión general de los
procedimientos de consultas con las ONG con el fin de actualizar la resolución
de 1968 y establecer reglas coherentes para la participación de las
organizaciones en las conferencias internacionales. Las razones de esta
revisión radican en un cambio del ambiente internacional y se deben en
particular al desplazamiento de la agenda internacional de las llamadas
cuestiones "duras" como el desarme, el enfrentamiento militar, etc., hacia
cuestiones "blandas" como el medio ambiente, las mujeres y la política social.
Estos temas no se centran en asuntos interestatales sino que refieren a la
relación entre el individuo y el Estado. Ello también implica un cambio en el
concepto de seguridad, por el que la seguridad nacional es sustituida por la
seguridad del individuo. Como lo describe Jessica Matthews en su artículo "Power
Shift" (Cambio de Poder): "Una noción alternativa de la ‘seguridad humana’ se
está filtrando en el pensamiento oficial y sugiere considerar a la seguridad
como el producto de las condiciones de la vida cotidiana: alimento, vivienda,
empleo, salud, seguridad pública en lugar de la que surge desde la altura de las
relaciones exteriores y el poderío militar del país" (Matthews, 1997). No
obstante, este cambio de énfasis es levemente engañoso ya que en los DESC y
otros ámbitos, (como el medio ambiente) las relaciones interestatales que toman
la forma de relaciones comerciales, tendencias de consumo, etc., afectan
directamente el bienestar del individuo.
El cambio de los temas y la importancia del
aporte de las ONG se reflejan en los dos resultados de esta revisión. El
primero, la decisión de ECOSOC 1996/297, brinda por primera vez acceso a las ONG
a todos los ámbitos de trabajo de la ONU, incluso aquellos que antes estaban
estrictamente reservados a la negociación gubernamental, como la Asamblea
General y el Consejo de Seguridad:
"En su 49 sesión plenaria el 25 de julio de
1996, el Consejo Económico y Social, reafirmando la importancia del aporte de
las ONG a la labor de la ONU, y tomando en consideración la contribución
realizada por las ONG en recientes conferencias internacionales, decidió
recomendar que la Asamblea General analice, en su 51 sesión, la cuestión de la
participación de las ONG en todos los ámbitos de trabajo de la ONU, a raíz de la
experiencia adquirida a través del plan de consultas entre las ONG y el Consejo
Económico y Social".
Este es un reconocimiento importante del papel de
las ONG y podría ampliar su esfera de influencia política, antes limitada al
ECOSOC, hasta abarcar otros órganos políticamente poderosos como la Asamblea
General y el Consejo de Seguridad. La forma que tomarán estos nuevos canales de
participación está siendo analizada por la Asamblea General. Desde el punto de
vista operativo, la forma concreta de participación dependerá en gran medida del
resultado de las reformas de la ONU y los fondos disponibles de ahí en más. Es
aquí donde se hace evidente la importancia de los procedimientos permanentes.
Los procedimientos no sólo brindan espacio para la participación sino que tienen
consecuencias para recursos humanos y financieros que podrían, o no, estar a
disposición de ciertos grupos. En el caso de la población indígena, por
ejemplo, un foro permanente dentro del sistema de la ONU permitiría a los
pueblos indígenas acceder al ámbito internacional del proceso de toma de
decisiones y los programas de cooperación técnica en todas las áreas de los DESC.
El segundo resultado de la revisión fue la
resolución 1996/31 de ECOSOC que establece las nuevas "Relaciones consultivas
entre la ONU y las ONG". La clasificación de las ONG en tres categorías,
ahora denominadas estatuto general, estatuto especial y Roster, se mantiene en
lo fundamental. Las ONG que no califican para el estatuto consultivo pueden
incorporarse a la lista de organizaciones Roster que realizan "aportes
ocasionales y útiles a la labor del Consejo o sus órganos subsidiarios u otros
organismos de la ONU dentro de su campo de competencia". 7 Además, al incluir el
derecho de designar representantes autorizados para asistir a las reuniones
públicas, el derecho de presentar declaraciones por escrito y de realizar
ponencias orales, la resolución resalta el papel que tienen las ONG de brindar
información y presentar intereses particulares.
Los cambios más importantes para el papel de las
ONG incluidos en esta nueva resolución son los siguientes. Antes que nada, las
ONG nacionales son, por primera vez, calificables para el estatuto consultor,
aun si se trata de socias nacionales de organizaciones internacionales. Este es
un reconocimiento del importante papel que tuvieron las ONG en las últimas
conferencias internacionales donde contribuyeron, como se destacó más arriba,
con los temas del medio ambiente, desarrollo social y mujeres, etc., con
información local y detallada de la situación en países individuales. Por lo
tanto, ahora existe una representación legítima de intereses particulares y
locales. En segundo lugar, la participación de ONG de países en desarrollo
crecerá ya que suelen tener orígenes locales o nacionales y ahora pueden
representar los intereses del Sur directamente en el ámbito internacional. En
tercer lugar, el papel de brindar información ahora queda habilitado a una
amplia variedad de ONG, ya que el estatuto Roster permite que casi todas las
organizaciones aporten información en las conferencias internacionales siempre
que sea pertinente a los temas abordados. El resultado de todo ello es el
incremento de los intereses representados en estos acontecimientos.
Potencial función de las ONG: monitorear el
seguimiento de conferencias y acuerdos internacionales
El análisis anterior del papel conseguido por las
ONG en el ámbito internacional y reflejado en recientes foros y procedimientos
de la ONU nos lleva a concluir que existe una potencial nueva función para las
organizaciones que será de especial importancia para fomentar los DESC. Esta
función consiste en el creciente interés de las ONG no sólo por realizar aportes
en las conferencias internacionales sino también de monitorear el seguimiento de
las declaraciones y planes de acción de estos encuentros.
Con este fin, iniciativas de monitoreo como
Control Ciudadano brindan información a la comunidad internacional sobre los
avances realizados con respecto a los compromisos asumidos en las conferencias
internacionales, por ejemplo, de los planes nacionales para la erradicación de
la pobreza, planes de igualdad de oportunidades para las mujeres, etc., y la
elaboración de indicadores que ayuden a medir y comparar la calidad del progreso
realizado. En América del Sur, la idea de monitorear la implementación de los
DESC ha sido asumida por la Plataforma Sudamericana de Derechos Humanos,
Democracia y Desarrollo. Esta red de ONG trabaja con indicadores de DESC de
países individuales y sobre nuevos mecanismos para influir sobre el proceso de
toma de decisiones a nivel nacional e internacional. Asimismo, la red elaboró un
Programa de Acción para llevar a cabo los DESC a nivel nacional, regional e
internacional y colabora en la actualidad con el Comité de la ONU de DESC
mediante el aporte de informes alternativos sobre los países de la región.
Para fortalecer el papel de monitoreo de la
sociedad civil en relación a los DESC es importante vincular las iniciativas de
redes como Control Ciudadano y Plataforma. Mientras Control Ciudadano expone a
la comunidad internacional el esfuerzo y la información de ONG nacionales, ayuda
a compartir información y experiencias e intenta influir sobre los hacedores
internacionales de decisiones, Plataforma brinda un espacio para la
participación y el empoderamiento de, en su mayoría, ONG nacionales que utilizan
instrumentos legales y presión política para promover y monitorear los DESC en
sus países respectivos.
El papel de las ONG en el esfuerzo mundial
para fomentar los DESC
La Convención de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales fue adoptada en 1966 y entró en vigor diez años después. El Comité
para monitorear el cumplimiento de la Convención fue establecido por ECOSOC en
1985, lo que incentivó la implementación de los DESC. Al ser un órgano
subsidiario de ECOSOC, siempre ha sido especialmente abierto a las ONG con
estatuto consultivo y, en la práctica, a todas las organizaciones que quieran y
puedan brindar información.
La función de monitoreo del Comité es ejercida
mediante el análisis del informe de un país sobre la situación de los DESC, que
todos los estados miembros deben presentar cada 5 años. Los 18 expertos del
Comité comparan la información brindada por el gobierno con información
alternativa de las ONG o las agencias especializadas de la ONU y luego adoptan
observaciones concluyentes en relación a un informe estatal específico.
Estas observaciones son publicadas y divulgadas
al público.
Los siguientes canales oficiales permiten que las
ONG participen en la labor del Comité:
1. Desde 1996 todas las ONG fueron
invitadas a participar en forma oral y por escrito a la labor del grupo previo a
las sesiones, donde se prepara la lista de temas e interrogantes a ser
respondidas por el gobierno. Por tanto, las ONG cumplen una función al incluir
temas prioritarios en la agenda.
2. Las ONG con estatuto consultivo
pueden brindar declaraciones por escrito al Comité que luego son publicadas como
documentos oficiales y entregadas a los gobiernos y expertos durante la sesión.
3. Todas las ONG, sin importar su
estatuto consultivo, están invitadas a brindar información a los miembros del
Comité y tienen, además, la oportunidad de realizar ponencias orales en la
audiencia de las organizaciones que se realiza durante la primera tarde de cada
una de las sesiones semestrales del Comité.
4. Las ONG están invitadas a participar en
las conferencias de prensa en las que se divulgan las conclusiones del Comité.
Las ONG tienen la oportunidad de brindar información adicional a la prensa, a
menudo más política (violaciones específicas, etc.).
La colaboración entre el Comité y las ONG tiene
un efecto de retroalimentación sobre el fomento de los DESC. La información que
brindan las ONG sobre la situación de los DESC mejora la capacidad de monitoreo
del Comité y la información y los argumentos de las organizaciones son, a su
vez, legitimados al ser incluidos en las conclusiones de éste. Esta
colaboración puede tener un importante efecto político, como lo demostró el
reciente ejemplo de la República Dominicana, sobre la cual se pronunciaron
conclusiones preliminares en la sesión del Comité celebrada en noviembre de
1996. Estas conclusiones fueron adoptadas por varias ONG nacionales y divulgadas
a la prensa nacional. La acción provocó un debate nacional sobre el derecho a la
vivienda adecuada, derecho que había sido violado por el gobierno, según las ONG
nacionales y el Comité. La acción no sólo habilitó una discusión nacional sino
que la presión pública también obligó al gobierno a permitir el ingreso al país
de una misión de asistencia técnica sobre el derecho a la vivienda (enviada por
el Centro de Derechos Humanos en septiembre de 1997). Gobiernos anteriores
se habían resistido a la asistencia técnica de los DESC a pesar de decisiones
previas de ECOSOC de enviar dicha misión en 1993 y 1994. Este ejemplo demuestra
el importante papel que las ONG y los medios de comunicación pueden cumplir al
fortalecer las funciones de monitoreo del Comité y cómo las conclusiones de éste
pueden ayudar a concentrar la discusión nacional sobre violaciones específicas
de los DESC. Para facilitar esta relación complementaria, las redes de ONG se
están haciendo cada vez más importantes, ya que resaltan la función de brindar
información y hacer que el monitoreo sea más efectivo. La redacción en común del
informe alternativo por país al Comité tiene las siguientes ventajas:
1. Permite que información, por lo demás
dispersa, se reúna y combine.
2. Las ONG se reúnen para discutir y analizar la
situación de los DESC en sus países, intercambiar material y experiencias y
determinar áreas claves en que los DESC son violados.
3. Un informe que representa el análisis de un
grupo de ONG nacional es más creíble y adquiere importancia, y sus declaraciones
tienen un grado más alto de legitimación.
4. Los expertos del Comité tienen un
representante con el cual pueden contactarse y dialogar en lugar de tener que
tratar con un conjunto heterogéneo de ONG.
A pesar del aumento del aporte de las ONG
nacionales al Comité, son sobre todo las organizaciones internacionales las que
entablaron un vínculo más permanente con el Comité y que también participaron
activamente en el debate general sobre nuevos mecanismos y procedimientos
permanentes para el fomento de los DESC. El Comité, por ejemplo, se esforzó
durante años para que se incorpore un protocolo opcional que habilitaría un
procedimiento de quejas individual o colectivo. Se argumentó que el hecho de que
las peticiones pueden entregarse al foro internacional debería ser un incentivo
para que los Estados renueven sus esfuerzos para crear un marco legal nacional
con el objetivo de realizar los DESC. Si este protocolo opcional se incorpora,
personas y grupos (y por tanto las ONG en representación de las víctimas o
grupos discriminados) podrían exponer sus objeciones sobre violaciones
específicas, lo que ayudaría a determinar los DESC y las correspondientes
obligaciones del Estado en forma más detallada y así otorgar el mismo grado de
relevancia a los DESC que a los derechos políticos y civiles.
Las ONG con las agencias especializadas
La importancia de la colaboración efectiva entre
las ONG y el sistema de la ONU en el monitoreo de los acuerdos internacionales a
través de procedimientos permanentes es reconocida por diversas agencias
especializadas del foro mundial, como UNESCO y OIT. Ambas establecieron
relaciones consultivas formales con ONG, reflejadas en sus constituciones; por
ejemplo, la Constitución de la UNESCO, artículo 13 "UNESCO presenta un
sistema especialmente bien desarrollado de consulta y cooperación mutua, entabló
relaciones formales con un total de 582 ONG a fines de 1991". Las ONG con
estatuto consultivo son automáticamente invitadas como observadoras del
principal órgano político de UNESCO, la Conferencia General. Las ONG colaboran
en los programas y proyectos de UNESCO y el organismo brinda fondos para
actividades de ONG. Además, cada dos años se celebra una conferencia con ONG
internacionales de estatuto consultivo para analizar las relaciones entre UNESCO
y las organizaciones.
La OIT utiliza un muy eficiente sistema
tripartito de supervisión para la implementación de las convenciones y
recomendaciones de la organización. "Por los artículos 19 y 22 de la
Constitución de la OIT, los estados miembros deben informar a la OIT las medidas
que adoptaron para informar a las autoridades nacionales competentes de las
convenciones y recomendaciones con el fin de su ratificación u otras medidas
apropiadas. Con respecto a las convenciones ya ratificadas, los estados informan
de su implementación. Una disposición de importancia es que los gobiernos deben
enviar copias a organizaciones nacionales de empleadores y trabajadores, que
entonces tienen la oportunidad de añadir sus comentarios a las mismas, si así lo
desean. Queda claro, por lo tanto, que una de las características principales de
un sistema de declaración efectivo, la disponibilidad de información esencial de
otras fuentes responsables, que hasta hace poco era un punto débil de la
Convención de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, siempre ha sido tenida
en cuenta en los procedimientos de la OIT". Sin embargo, este ejemplo
positivo de un comité consultivo no analizamos en profundidad en este ensayo
porque la relación se plantea con las asociaciones internacionales de
empleadores y trabajadores y no con las ONG (que son mucho más heterogéneas, no
tan bien organizadas ni representativas).
Los ejemplos de UNESCO y la OIT confirman, por un
lado, la importancia de canales oficiales permanentes que se mantengan abiertos
a la participación de las ONG. Por otra parte, nos recuerdan que existen razones
adicionales que determinan el papel de las ONG en cada organización, como los
temas en cuestión, la financiación, otros actores y relaciones de poder. En la
educación, por ejemplo, las ONG son aliadas naturales de la promoción de la
educación de derechos humanos, mientras en el ámbito macroeconómico son con
frecuencia percibidas como detractoras de las políticas gubernamentales o
sencillamente son inexistentes como protagonistas. Sin embargo, resulta esencial
que la sociedad civil controle los programas y las políticas de organizaciones
como el Banco Mundial y la Organización Mundial de Comercio (OMC) cuyas
macropolíticas demostraron tener efectos de largo plazo en la situación de los
DESC a niveles nacional, regional e internacional.
La efectividad de las ONG en la promoción de
los DESC.
Procedimientos como la nueva resolución de ECOSOC
reconocen y legitiman el papel actual de las ONG para brindar información y
representar intereses particulares en el foro internacional. Además, en
recientes conferencias internacionales sobre temas estrechamente relacionados
con los DESC, como las Conferencias sobre Desarrollo Social o de las Mujeres, el
rol potencial de las ONG en el monitoreo de los DESC ha sido reconocido
oficialmente. Sin embargo, la experiencia con este papel se encuentra aún en una
etapa inicial.
En forma adicional, existen varios problemas,
aparte de los procedimientos, que las ONG deben resolver para desarrollar su
papel de monitoreo, como la falta de experiencia a nivel macro, la definición de
su papel con relación a otros actores y su legitimidad derivada de un apoyo
adecuado de la sociedad civil. Además, es urgente que se incorporen y promuevan
los DESC como conceptos esenciales en la discusión de problemas nacionales,
regionales y mundiales.
En este contexto, hemos visto el potencial de
procedimientos permanentes, establecidos por varias organizaciones y comités
internacionales, que brindan un espacio de monitoreo para las ONG. Asimismo, es
importante que las ONG ejerzan presión para que existan procedimientos
adicionales y canales de participación dentro de instituciones como el Banco
Mundial y la OMC. Es probable que los avances en esta dirección tengan efectos
positivos sobre la efectividad de las ONG en el monitoreo de los DESC. La
efectividad, sin embargo, dependerá de si estos procedimientos son bien
conocidos y si su potencial es utilizado por ONG nacionales e internacionales
para la promoción de los derechos económicos, sociales y culturales.
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Información adicional
- Experiencia e información obtenida mediante la
colaboración de la autora con el Comité de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales, a partir de enero de 1996.
- Información suministrada por el Secretario del
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Sr. Alexandre Tikhonov,
ONU, Ginebra en 1997.
- Entrevista con el Sr. Adolfo Castillo,
Secretaría Técnica de la Plataforma Sudamericana de Derechos Humanos,
Democracia y Desarrollo, Santiago, Chile, 12 de diciembre de 1997.
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